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Por Lucas Chaparro Sepúlveda , 11 de abril de 2020Comisión de libertad condicional de puerto montt acogió 18 solicitudes
La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Puerto Montt acogió hoy -jueves 9 de abril- las solicitudes presentadas por 18 internos que cumplen condenas en los penales de Ancud, Castro y Puerto Montt.
La sesión, que se realizó por primera vez a través de videoconferencia, debido a la emergencia sanitaria que se vive en el país, fue encabezada por el ministro de la Corte de Apelaciones Jaime Vicente Meza Sáez y la integraron los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt Rosario Cárdenas Carvajal y Andrés Villagra Ramírez; y del Juzgado de Garantía Lorena Fresard Briones y Mónica Sierpe Scheuch.
Además, participaron como relatora María José Rojas Miranda; ministro de fe Juan Marcelo Inostroza Salazar y digitadora, Carolina Mancilla Ojeda.
En la ocasión, se analizaron 117 solicitudes y sus respectivas carpetas e informes elaborados por Gendarmería, correspondientes a 96 internos del Complejo Penitenciario de Puerto Montt, 9 del Centro de Detención Preventiva de Ancud y 12 del CDP de Castro.
El juez vocero Andrés Villagra informó que "la Comisión se abocó a conocer las solicitudes de 117 internos de distintos penales de las ciudades de Puerto Montt, Ancud y Castro. Al cabo de un análisis exhaustivo de cada una de las solicitudes de los distintos internos, la Comisión determinó otorgar este beneficio de libertad condicional a 12 de los solicitantes de Puerto Montt, a 2 internos del Centro de Detención Preventiva de Castro y a 4 internos del Centro de Detención Preventiva de Ancud".
De esta manera, 18 internos completarán su pena en el medio libre, lo que equivale al 15% de los postulantes. A su vez, fueron rechazadas 99 solicitudes, equivalentes al 85% del total presentado el primer semestre a la comisión.
El Decreto Ley N° 321, modificado por la ley 21.124 -que entró en vigencia el 18 de enero de 2019-, establece como requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional, haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal, y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad.
Las personas en libertad condicional quedarán sujetas a la supervisión de Gendarmería y bajo las exigencias que impone el Decreto Ley N°321.
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