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Por María Isabel Triviño , 3 de mayo de 2021

Entérese qué se puede o no hacer en la fase 2 ahora

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Osorno lleva casi dos meses en la etapa de confinamiento, a la que entró el jueves 11 de marzo. Y a las 5 horas de este jueves 6 de mayo, saldrá de Cuarentena tras 56 días, lapso en el cual ha habido cambios en el Plan Paso a Paso. Por ello, es conveniente saber qué se puede hacer y qué está prohibido

Cabe señalar que al igual que en cuarentena, podrán funcionar farmacias, supermercados y otros lugares de abastecimiento de alimentos y productos básicos, como también centros de salud y establecimientos de servicio público.

Pero la novedad, largamente anhelada por los gremios osorninos es que, ad portas del Día de la Madre, el comercio y otras actividades consideradas no esenciales podrán abrir sus puertas, con trabajadores que vivan en una comuna sin cuarentena.

En fase de Transición está permitido que todos los habitantes de la comuna, incluidos los mayores de 75 años, pueden salir de lunes a viernes, pero no ir a lugares en cuarentena, y deben respetar el toque de queda entre las 21:00 y las 05:00 horas, salvo que tengan un salvoconducto por emergencia médica o funeral

Asimismo, deben quedarse en casa los fines de semana y festivos, y si necesitan salir se puede sólo un permiso individual en comisariavirtual.cl 

Además, al menos hasta esta jornada, sigue vigente en esta fase la posibilidad de asistir a restaurantes, sólo en terrazas o espacios al aire libre, en grupos de máximo 4 personas, y con 2 metros lineales entre mesas (bordes).

También habrá cambios en el plano educacional, ya que en esta etapa se pueden desarrollar actividades presenciales en salas cuna, parvularia, básica y media, sólo de lunes a viernes

Respecto de las actividades deportivas, éstas se pueden realizar de lunes a viernes, sólo en espacios abiertos y en grupos de máximo 10 personas. Y esos días los gimnasios pueden funcionar con las máquinas y actividades en el exterior. En tanto, los fines de semana y festivos, sólo en la banda horaria de 05:00 a 10:00 horas, y sin usar auto o transporte público. 

En las reuniones sociales en residencias particulares, sólo podrá haber un máximo de 5 personas en total, y sólo de lunes a viernes, y se solicita no tener reuniones con más de un mismo grupo a la semana.

Sobre los eventos o actividades con público, que no se desarrollen en residencias particulares, si la actividad es con ubicación fija de los asistentes (de pie o sentados en un mismo lugar, como una ceremonia) y sin consumo de alimentos, pueden ser hasta 20 personas en lugares al aire libre y 10 personas en lugares cerrados, sólo de lunes a viernes. Lo anterior incluye oficios religiosos. Si la misma actividad considera consumo de alimentos, sólo pueden ser 10 personas al aire libre. 

En lo que dice relación con los residentes de Establecimientos de Larga Estadía de Adultos Mayores (Eleam) pueden salir a caminar todos los días por máximo 2 horas, y recibir visita de 2 personas, 2 veces a la semana. En tanto, quienes residen en Centros Sename pueden salir con autorización y supervisión. También se permiten visitas de vínculos significativos. Los fines de semana pueden realizar actividades al aire libre en la banda horaria de 05:00 a 10:00 horas.

Y, por supuesto, tanto en los locales y establecimientos deberán seguir los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud (Minsal) y, en el caso de las personas, cada vez que salgan de su hogar de lunes a viernes, o fines de semana y feriados con la autorización correspondiente, deben usar mascarilla, mantener la distancia física y recordar medidas como lavado de manos o uso de alcohol gel.

¿QUÉ ESTÁ PROHIBIDO?

El Plan Paso a Paso, también establece que en las comunas en fase de Transición están prohibidas las siguientes actividades:

-Las reuniones en residencias particulares de más de 5 personas y cualquier evento o reunión durante el horario de toque de queda, o los sábados, domingos y festivos.

-El traslado a residencia no habitual y a otras regiones

-Las actividades con público con más asistentes que lo permitido o sin cumplir las condiciones requeridas.

-La atención de público en restaurantes o cafés en espacios cerrados, como también el consumo de alimentos en lugares cerrados de centros comerciales

-La actividad deportiva en espacios cerrados

-El funcionamiento de Clubes de Adultos Mayores y Centros de día de Adultos Mayores

-El funcionamiento de pubs, discotecas y lugares análogos

 

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